SERVICIOS DE APREDIZAJE
Apoyos de sostenimiento
Bienestar de los aprendices
Monitorías
Sistema de Liderazgo
Contrato de aprendizaje
El Apoyo de Sostenimiento es un programa del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA que tiene como finalidad contribuir a sufragar gastos básicos, seguro de accidentes, elementos y vestuario de protección personal de sus aprendices clasificados en estratos 1 y 2, durante las fases lectiva y productiva de su proceso de formación.
El bienestar de los alumnos es el conjunto de condiciones y posibilidades que les permiten potenciar y maximizar los conocimientos, las competencias que se desarrollan en el proceso de aprendizaje y en su participación, como miembro de la comunidad educativa del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.
En el Plan Nacional Integral de Bienestar de los Alumnos del SENA, Resolución 655 de 2005, en los artículos 19 y 23, se contemplaron las tutorías estudiantiles, monitorias académicas y monitorias para cursos de extensión con el objetivo de que los aprendices más aventajados en su desempeño académico puedan servir de apoyo como orientadores y guías de aquellos aprendices que recién ingresan a la institución o que presentan factores de riesgo hacia la deserción del proceso formativo por bajo rendimiento.
Uno de los propósitos del SENA es lograr que los aprendices sean líderes para el país bajo las cuatro premisas fundamentales: liderazgo y emprendimiento, creativo, capacidad crítica y solidaridad. Para lograrlo, se ha diseñado una estrategia que busca convertir al SENA en un Sistema de Liderazgo.
Dicha estrategia cuenta con lineamientos de trabajo que se han ido implementando en cada uno de los Centros de Formación. La ejecución de las mismas busca generar espacios para que los aprendices con el apoyo de profesionales de bienestar puedan potencializar y ejercer su liderazgo, tener espacios de participación y gestión para el cambio.
La Ley 789 de 2002 establece que las empresas están obligadas a contratar un aprendiz por cada 15 trabajadores. La relación de aprendizaje le permitirá a la empresa desarrollar un papel conformador en el proceso formativo del aprendiz por un tiempo determinado no superior a dos (2) años. Por esto, el aprendiz recibirá un apoyo de sostenimiento mensual que será, como mínimo en la fase lectiva, el equivalente al cincuenta por ciento (50%) de un (1) salario mínimo mensual legal vigente. Durante la fase práctica, ese apoyo de sostenimiento mensual será equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) de un salario mínimo mensual legal vigente.
El Decreto 1779 del 18 de mayo de 2009 permite que los empleadores no exceptuados de contratar aprendices aumenten voluntariamente el número de aprendices patrocinados con alumnos del SENA, en la siguiente proporción, siempre y cuando NO hayan reducido el número de empleados vinculados a la empresa en los tres meses anteriores a la fecha en la que se solicite la aplicación del beneficio, ni reduzcan la nomina durante la vigencia de los contratos de aprendizaje voluntarios:
Empresas entre 1 y 14 empleados podrán vincular desde 1 aprendiz hasta un número equivalente al 50% del total de empleados en la respectiva empresa.
Empresas entre 15 y 50 empleados podrán vincular un número de aprendices equivalente, máximo, al 40% del total de empleados en la respectiva empresa.
Empresas entre los 51 y 200 empleados podrán vincular un número de aprendices que no supere el equivalente al 30% del total de empleados en la respectiva empresa.
Empresas con más de 200 empleados podrán vincular tantos aprendices como el equivalente al 20% del número total de empleados de la respectiva empresa
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